6 de abril de 2020

LA PREFECTURA SAN JAVIER, INFORMA


PARTE INFORMATIVO DE PRENSA Nº 03/20: A todos los navegantes arbitrar las medidas de seguridad con respecto a la navegación en aguas del río San Javier y sus afluentes.

Debido a que por la actual bajante que experimenta el río San Javier, y acorde registros diarios que efectúa esta Dependencia, en la zona han aparecido nuevos bancos de arena y un innumerables cantidad de raigones, muchos de los cuales se encuentran sumergidos con alturas normales, lo que resulta riesgoso para quien no conoce en detalle la zona donde va a navegar.

Por lo consiguiente se apela a la conciencia del navegante para evitar acaecimientos que puedan derivar en daños a las embarcaciones o accidentes personales.

Por lo expuesto, la Prefectura San Javier, para minimizar riesgo recomienda expresamente:

Antes de zarpar, avisar a PREFECTURA su destino de navegación, itinerario, fecha y hora aproximada de regreso, ya que facilitaría cualquier situación de asistencia o búsqueda.

Evitar navegar en condiciones de escasa visibilidad

Tener en cuenta que los elementos de seguridad fueron establecidos a través de experiencia mundial y en alguna situación determinada hasta el considerado como más elemental, puede llegar a salvar vidas o evitar momentos de riesgo.

Asegúrese de contar a la zarpada con la provisión de insumos y combustible necesario para la navegación prevista con un importante margen de seguridad.

Contar con algún elemento de comunicación (teléfono-radio).

Mantener la distancia necesaria y evitar multitud sobre las embarcaciones con el objetivo de cumplir con las medidas de seguridad, acorde a la Emergencia Sanitaria de conocimiento Público. evitando que se incurra en infracciones a los Art, 205, 239 concordantes del Código Penal.

Asimismo cabe aclarar que se encuentra vigente el Decreto Nacional 270/20 “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, por lo cual las actividades que se puede llevar a cabo sobrel el Rio San Javier son aquellas encuadradas dentro del Art. 6 del mencionado Decreto (ej: de pesca artesanal de subsistencia), no contemplándose así, la actividades náuticas deportivas de recreación.

De la misma forma esta Dependencia solicita a los pescadores, isleños y todos aquellos contemplados en el precedente Artículo, a registrarse en la sede de esta Prefectura con el objetivo de mantener un mayor control de los ríos y facilitar asistencia de los mismos en casos necesarios. Aquellos que no se encuentran registrados al momento del control, serán completamente pasibles a recibir sanciones correspondientes a las contempladas en del Decreto Nacional.

Para mayor información comunicarse con la PREFECTURA SAN JAVIER al Servicio de Emergencias Náuticas 106, a los teléfonos 03405-424732.


"2020 – AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO"

FDO. ALDO RENE ALMADA –SUBPREFECTO – JEFE PREFECTURA SAN JAVIER


SAN JAVIER, 06 de Abril de 2020