7 de noviembre de 2016

OPERATIVOS DE "LOS PUMAS" EN SAN JAVIER, RECONQUISTA Y SAN JUSTO

La Dirección General de Seguridad Rural “Los Pumas”, llevó a cabo una serie de controles, en la que su personal no solo intervino ante la presencia de cazadores, sino que también debió realizar actas de infracciones a resoluciones de SENASA (Servicio Nacional de Sanidad)  y contravencionales. 

Seccion Nº 14 San Javier: Se recibe para prosecución acta de procedimiento de la policía Seguridad vial en ruta Pcial Nº 1 Km. 183, localidad de Colonia Teresa, donde constatan que un hombre mayor de edad, quien circulaba en un vehículo del cual remolcaba un carro para el traslado de equino de fabricación casera, sin la debida documentación labrándosele el acta de infracción a art 128 b de la ley Pcial Nº 10.703 y posterior entrega en carácter definitivo del semoviente quien acredito propiedad con documentación correspondiente. Interviene Juzgado de Faltas de San Javier.

SECCION Nº 16 San Justo:  El operativo en represión de la caza y Protección de la Fauna Silvestre, realizando control vehicularla en ruta Pcial. 62  loc. de Cayastacito procedieron a la verificación de un vehículo conducido por  un hombre mayor de edad y acompañado por el mismo se procede a la requisa voluntaria observando detrás del asiento una (01) escopeta cal. 16 marca centauro y catorce (14) cartucho intactos, consultando por la documentación correspondiente dijo no poseer, por lo que se secuestró preventivamente, y notificándolo para que comparezca ante referida sección a fin de seguir con actuaciones pertinentes, por lo que se lo imputó de infringir Art. 189 Bis CPA (Portación Indebida de Arma de Fuego de Uso Civil).Continuando con control se verifico otro vehículo conducido por un hombre mayor de edad, el cual llevaba un (01) Surubí Pintado, y se precedió al secuestro preventivo  y previa desnaturalización del mismo ,por ser especie ictícola vedada y carecer de licencia de pesca al cual se lo notifico de la infracción a la ley Pcial. Nº 12.212. Interviene la U.F.I de San Justo y Secretaria de los Recursos Hídricos y Minero (of. Caza y pesca) Ministerio de la Producción. Santa Fe.

Sección Nº 26 Reconquista: En solicitud de colaboración por parte del personal de Gendarmería, interceptan un vehículo Ruta Nacional A-009, inmediaciones con la ruta Provincial Nº 1, tipo camioneta pick-up con dos ocupantes mayores de edad que transportaban dos animales silvestres faenados de la especie un (01) yacaré y Un (01)carpincho, un (01) tanque de combustible; una (01) linterna; dos (02) cuchillos; dos (02) célula de identificación de utilitarios y elementos varios producto de la caza furtiva, observando a su vez que en el interior del vehículo transportaban una escopeta cal 16. Y cuatro cartuchos intactos del mismo cal. que era acompañado por una motocicleta Yamaha modelo YBR 125 color blanca que en la misma iban 2 hombres mayores de eda  los que trasportaba una (01) mochila azul y en su interior un (01) bolsa de nylon conteniendo restos de animal de la fauna silvestre de la especie yacaré, y un (01) cuchillo sin marca visible, cabo de madera, 10 centímetros de hoja. Al respecto de la documentación del armamento, y propietario, manifestó , que es de su propiedad y que no posee documentos algunos Solicitando se constituya personal de este cuerpo especializado, en colaboración y para efectuar actuaciones correspondientes En tal sentido se constituye la comisión al lugar, en circunstancias de responder a la solicitud de cooperación mencionada y se procedio al SECUESTRO  PREVENTIVO: de los vehículos (utilitario-motocicleta), armamento, cuchillos, especies silvestres faenadas y efectos mencionados. Corolario se trasladó a los ciudadanos en calidad de APREHENDIDO; previo leerle A VIVA VOS los derechos que le confiere la ley 12.734 C.P.P.P.S.F. en los artículos 101; y 268 Inc. 12., a sede de esta Seccional, donde se les informo sus derechos (Art. 268 inc. 12 CPP), la existencia de una causa seguida en su contra (Art. 101 inc. 1º CPP), se procedió a sus identificaciones (Art. 102 CPP) y fijaron domicilio (Art. 104 CPP). Posterior recuperaron libertad (Art. 218 C.P.P.) por Orden del fiscal interviniente Dr. ALDO H. GEROSA.



Dirección General de Seguridad Rural "Los Pumas"