En la norma se establecen exenciones en las cuotas del Régimen Simplificado y de los saldos de declaraciones juradas de ingresos brutos y del impuesto a los sellos, por el periodo septiembre 2020 a marzo de 2021. En el caso de impuesto inmobiliario se eximen las cuotas 2 a 6 de 2020 y 1 y 2 de 2021.
Además, se puso en vigencia la posibilidad de resolver deudas devengadas hasta el 31/10/2020, en condiciones más favorables a las anteriores en el plazo de financiación, intereses y condonación de multas. Para el caso de las que fueron exclusivamente generadas durante el aislamiento y hasta el 31/10/2020, los planes no incluirán intereses resarcitorios ni de financiación y el plazo podrá ser hasta 48 cuotas.
La ley incorpora también descuentos especiales para el pago de contado anticipado, que alcanzan al 20%, o descuento por adhesión al débito automático, del 10%, en los impuestos inmobiliario urbano y rural e impuesto único sobre vehículos.
Estos recursos están vigentes para todos los contribuyentes del distrito San Javier. Por información o consultas, acercarse por la sede del Gobierno de la ciudad, en la esquina de Alvear y Moreno, de 07.30 a 12.30 horas.