13 de marzo de 2020

POR ORDENANZA DEL CONCEJO LA MUNICIPALIDAD ADHIRIÓ AL DNU DE EMERGENCIA SANITARIA


El Concejo Deliberante de San Javier sancionó la ordenanza N° 004/2020 que adhiere a los Decretos de Necesidad y Urgencia tanto del ámbito nacional como provincial sobre la Emergencia Sanitaria a causa del Coronavirus. En este sentido se ha dispuesto la suspensión preventiva de cualquier actividad social ya sea en el espacio público o privado, dentro de la jurisdicción de la Municipalidad de San Javier por 30 días.

VISTO:

La emergencia de salud internacional de Coronavirus (Covid 19) declarada por la Organización Mundial de la Salud OMS.

Y considerando

Que en nuestro país ya han sido confirmados varios casos de Coronavirus (Covid 19).

Qué en tal sentido se continúa en fase de contención para detectar casos sospechosos de manera temprana, asegurar el aislamiento de los mismos, brindar atención adecuada a los pacientes e implementar las medidas de investigación prevención y control tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.

Que en función de ello, el día de ayer el gobierno nacional ha firmado un Decreto de Necesidad y Urgencia, el que establece la cuarentena obligatoria de 14 días para evitar el contagio del Coronavirus para todos los argentinos que regresen al país desde las zonas afectadas pero también para aquellos extranjeros que lleguen de los mismos destinos.

Que tal problemática requiere la adopción de medidas preventivas acordes por parte de la Municipalidad de San Javier.

Que existe unanimidad entre los miembros del H. C.  Municipal.

Por ello 

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA PRESENTE

Ordenanza N° 004 / 2020

Artículo 2: Suspensión preventiva. Dispóngase la suspensión preventiva por el término de treinta (30) días contados a partir de la sanción de la presente Ordenanza de cualquier actividad social ya sea en el espacio público o privado, dentro de la jurisdicción de la Municipalidad de San Javier.

Artículo 3: Prorroga o caducidad. El plazo establecido en el artículo precedente puede prorrogarse o caducar antes de su finalización dependiendo de como avance la situación relativa al Coronavirus (Covid 19) en nuestro país 4. 

Artículo 4: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y archívese.

San Javier 
13 de marzo de 2020