Dentro de ellas, se efectuaron regulaciones, referidas a la prestación de servicios turísticos. Mediante el Decreto 095/2020 se establece la suspensión de las actividades y servicios destinados a brindar pesca; alojamiento turístico en complejos, hoteles o cabañas, guardería de lanchas, camping, guías o cualquier actividad relacionada, durante el periodo mencionado con antelación.
Esto fue comunicado al SAMCO, Unidad Regional XIV, comercios prestadores y todos los organismos afines o relacionados al control.