17 de abril de 2018

PRISIÓN PREVENTIVA PARA UN HOMBRE POR ABUSAR DE MENORES EN CAYASTÁ, CAMPO DEL MEDIO Y SANTA FE



La medida cautelar fue solicitada por los fiscales Agustín Nigro y Alejandra Del Río Ayala e impuesta por el juez Jorge Pegassano. El imputado tiene 38 años y sus iniciales son AJRP. Las víctimas son dos niñas menores de edad.

Un hombre de 38 años cuyas iniciales son AJRP quedó en prisión preventiva en el marco de una investigación en la que está imputado como autor de delitos contra la integridad sexual en perjuicio de dos niñas menores de edad, hijas de su pareja. La medida cautelar fue impuesta por el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Jorge Pegassano, a raíz de la solicitud formulada por los fiscales Agustín Nigro y Alejandra Del Río Ayala en una audiencia llevada a cabo ayer en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.

La imputación de AJRP la realizó el fiscal Nigro en otra audiencia celebrada el viernes de la semana pasada. El funcionario del MPA le atribuyó la autoría del delito de abuso sexual con acceso carnal de una víctima menor de 13 años agravado (porque el imputado era guardador y porque se aprovechó la situación de convivencia) en concurso ideal con la autoría del delito de promoción a la corrupción de menores agravada (por violencia y porque el imputado era el encargado de la guarda de las niñas)

Abusos

“Los ilícitos por los que se investiga a AJRP fueron cometidos durante diez años en las distintas viviendas que habitaron en las localidades de Cayastá y Campo del Medio y en la ciudad de Santa Fe”, informó el fiscal Nigro. “Las víctimas son las hijas –menores de edad– de la mujer que era su pareja, con quienes el imputado vivía en la misma casa”, agregó.

Nigro precisó que “las agresiones sexuales fueron cometidas en reiteradas oportunidades, de manera continua y sistemática y produjeron sometimiento y humillación en las niñas. Una de las víctimas las sufrió desde 2007 hasta 2014, y la otra desde 2005 hasta 2013”.

Por último, Nigro manifestó que “hay elementos que nos permiten pensar en un adelanto del libre y normal desarrollo de la sexualidad de las menores”. En tal sentido, enumeró “la duración y reiteración de los ilícitos en el tiempo; la relación que unía al imputado con las víctimas; y la diferencia de edad entre el imputado y las menores (además de la corta edad de las niñas)”.

Oficina de Prensa y Difusión MPA