SAN JAVIER: Raíz operativo en forma conjunta con la Subdirección Gral. de Ecología del Ministerio de la Producción, se procede a labrar ocho (08) actas de infracción, por carecer de Habilitación para la actividad desarrollada, pescar, transportar o acopiar especie vedada y/o prohibida permanentemente, pescar con arte o medios no habilitados, excediendo la cantidad permitida, procediéndose al decomiso de treinta (30) kgs de pacú, seiscientos setenta (670) metros de red , un (01) pacú, un (01) dorado, siendo las especies desnaturalizadas a posteriori, resultando ser siete (07) los infractores, por Infracción a la Ley Pcial Nº 12.212.
SECCION Nº 21 – ROMANG: Realizando patrullajes preventivos en zona de isla, se procede a labrar acta de infracción a la Ley Pcial. Nº 12.212 al causante M.H.S. (55), por carecer de Licencia Habilitante para la actividad desarrollada y por poseer una malla fuera de medida, la cual fue secuestrada.-
SECCION N° 27 – TOSTADO: Personal de esa Sección, logró la verificación de un camión conducido por el masculino J.C.C., que transportaba la cantidad de cincuenta y cinco (55) animales vacunos, presentando cinco (05) de los semovientes anomalías en la constatación de marca estampada, no coincidiendo la marca con estampe a fuego con la del documento de tránsito, ordenando Fiscal en Turno el SECUESTRO PREVENTIVO de los animales, y se prosiga con actuaciones por “Infracción al Artículo 144 de Ley Pcial. Nº 1108 del Código Rural Pcial.” Como así también, en patrullaje preventivo, se detuvo la circulación de un camión con acoplado, que transportaba la cantidad de treinta mil (30.000) kgs de maíz, presentando irregularidades en la Carta de Porte, por lo que se procedió a su SECUESTRO, notificando al masculino M.J.S. (22) de la “Infracción al Art. 128 inc. B) Ley Pcial. Nº 10.703 del Código de Faltas”.-
SECCION N° 11 ESPERANZA: Personal de Sección Nº 11 situada en la Ciudad de Esperanza, previo control vehicular en esa Jurisdicción, se detuvo la marcha de un rodado siendo sus ocupantes cuatro (04) masculinos. Los mismos trasladaban una (01) escopeta calibre 16, marca “Brenta” Nº 8541 y cinco (05) cartuchos mismo calibre. Dicha arma de fuego carecía de la documentación exigida, por lo que se labró Infracción al Artículo 189 Bis CPA a su propietario J.A.P. (30).-
DESTACAMENTO LA GALLARETA: Numerarios de ese Destacamento, en control vehicular, detuvieron la marcha de un camión marca Mercedes Benz c/ acoplado, transportando veintisiete mil (27.000) kgs de maíz a granel, careciendo de la Carta de Porte, lo que derivó en el SECUESTRO de la carga descripta, siendo entregada posteriormente en Depósito Judicial al causante C.A.B. (55), a quien se lo notifico de la Infracción al Art. 128 inc. B) de la Ley Pcial. Nº 10.703.-
SECCION N° 10 CAÑADA DE GOMEZ: Numerarios de esa Dependencia, al encontrarse realizando actividades de prevención en esa Jurisdicción, interceptaron un camión “Dodge” con acoplado, el cual transportaba cincuenta y tres (53) animales vacunos (terneros), carente de DTE, Precintos de Inviolabilidad extendidos por el SENASA y Certificado de Lavado y Desinfección, procediéndose al SECUESTRO de los semovientes, siendo notificado el masculino R.N.M. de la Infracción al Art. 128 inc. B) de la Ley Pcial. Nº 10.703 del Código de Faltas. Posteriormente, la hacienda fue entregada en carácter de Depósito Judicial.-
SECCION Nº 18 – SAN JORGE: En patrullajes preventivos, por zona rural de la Ciudad de El Trébol, y zona rural de la Localidad de Pueblo Casas, se confeccionaron actas por Infracción al Artículo nº 57 Y 128 inc. B) de la Ley Provincial Nº 10.703, a los masculinos E.R.P. (23) y J.E.R (41), quienes transportaban cereal a granel (maíz), constatando animalias en la Carta de Porte como así también CTG inactivo. Continuando con patrullajes preventivos en Jurisdicción de la Localidad de Piamonte, se controló un camión conducido por G.D.R., el que transportaba la cantidad de ocho mil ochocientos sesenta (8.860) kgs de avena a granel. Mismo carecía de CTG activo, procediéndose a labrar Infracción a los Arts. 57 y 128 inc. B) de la Ley Pcial. Nº 10.703.- En cumplimiento de Orden de Servicio, numerarios de dicha Sección, procedieron a labrar Actas por Infracción a Resoluciones de SENASA, sobre Rutas Pciales. Nº 13 y 66, resultando dos (02) infractores, careciendo uno de ellos Habilitación del Vehículo ante SENASA y del Certificado de Lavado y Desinfección; y el restante no contaba con la inscripción en los laterales de la Habilitación.-
Dirección General de Seguridad Rural “Los Pumas”