Este jueves 07 de enero de 2016 tuvo lugar la sesión extraordinaria del Concejo Deliberante convocada por el Intendente Migno. La misma se desarrolló en la sala de sesiones y contó con la presencia de los seis ediles.
Los temas tratados fueron tres proyectos de ordenanza enviados por el Departamento Ejecutivo Municipal que tuvieron tratamiento sobre "tablas".
El primero consiste en autorizar al Ejecutivo a formalizar convenio con la Zona IV de la Dirección Provincial de Vialidad para la protección, conservación y mantenimiento de las defensas costeras ante la crecida del Río Paraná.
Los dos siguientes consisten en ratificar en todos sus términos las ordenanzas 014 y 020 del 2015 respectivamente. En las mismas se faculta al gobierno local a suscribir contratos con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la continuidad de planes de vivienda en ejecución en el distrito. Todos los proyectos fueron aprobados por unanimidad.
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PROYECTO
DE ORDENANZA
VISTO:
El cambio de gestión ocurrido el 10
de diciembre de 2015 con motivo de las elecciones provinciales del 14 de junio
de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que
existe una continuidad del representante del Poder Ejecutivo Municipal,
Que
hay gestiones pendientes ante la DPV y U que necesitan la habilitación del
Intendente para la firma del acta de ampliación de montos.
Por ello:
EL INTENDENTE
MUNICIPAL ELEVA EL SIGUIENTE
PROYECTO
DE ORDENANZA
ARTÍCULO
1: Ratifíquese en todos sus términos la Ordenanza 020/2015.
ARTÍCULO
2: Elévese al H.
Concejo Municipal para su tratamiento y publíquese.
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PROYECTO DE ORDENANZA
V I S T O:
La posibilidad de formalizar CONVENIO con la Dirección Provincial de
Vialidad, por el cual este municipio ejecutará la protección, conservación y
mantenimiento de defensas sobre la Ruta prov. Nº 1, ante la crecida extraordinaria
del Río Paraná, y;
CONSIDERANDO:
Que los
términos del convenio y el aporte económico ofrecido por la Dirección
Provincial de Vialidad para afrontar las erogaciones que resulten de los
trabajos de protección, conservación y
mantenimiento de defensas de la R.P. Nº 1 a realizar por el municipio, son razonables y
compensan las inversiones a su cargo;
Que asimismo resulta necesario
simplificar la ejecución del convenio, para lo cual es necesario y conveniente
otorgar facultades al Intendente Municipal, Ing. Mario Enrique Migno DNI
Nº12.368.476, para que represente a esta institución y realice todos los actos
necesarios para su cumplimiento, como también a percibir el aporte económico
que se establezca;
Que a los fines de garantizar el
cumplimiento del convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial
de Vialidad; para afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a
la municipalidad, del ejercicio en que se ejecute la obra;
Que evaluados los beneficios que
implica la formalización del convenio para todos los habitantes de la zona,
contribuyendo con eso al bienestar general de la población;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
ELEVA EL SIGUIENTE
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO
1º: Apruébese la concreción de un convenio entre la
Municipalidad de San Javier, representada por su Intendente, Ing. Mario Enrique
Migno DNI Nº 12.368.476, y la Dirección
Provincial de Vialidad para los trabajos de
protección, conservación y mantenimiento de defensas de la R.P. Nº
1 tramo: Lte. Distrito Saladero –
Colonia Teresa, en el marco del programa de Descentralización Vial durante el
año 2016, conforme al plan de trabajo a
establecer de común acuerdo entre las partes, en el marco del Programa de Descentralización
Vial.
ARTÍCULO
2º: Facúltese al Ingeniero Mario Enrique Migno DNI
Nº12.368.476, Intendente de la
Municipalidad de San Javier para suscribir el respectivo convenio, como así
también para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del
mismo y la percepción del aporte económico que se establezca, bajo la modalidad
que se convenga.
ARTÍCULO
3º: Apruébese la inversión que deberá realizar la
Municipalidad de San Javier de acuerdo a la Ley Nº 2756.
ARTÍCULO
4º: Autorícese a la Dirección Provincial de Vialidad
para afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a la
Municipalidad, durante el ejercicio en el que se ejecute la obra conforme al
plazo convenido, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar
el incumplimiento del convenio.
ARTÍCULO
5º: Elévese al H. Concejo Municipal para su tratamiento
y publíquese.
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PROYECTO
DE ORDENANZA
VISTO:
El
cambio de gestión ocurrido el 10 de diciembre de 2015 con motivo de las
elecciones provinciales del 14 de junio de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que
existe una continuidad del representante del Poder Ejecutivo Municipal,
Que
hay gestiones pendientes ante la DPV y U que necesitan la habilitación del
Intendente para la firma de un contrato para obra pública,
Por ello:
EL INTENDENTE
MUNICIPAL ELEVA EL SIGUIENTE
PROYECTO
DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Ratifíquese en todos sus términos la Ordenanza 015/2015.
ARTÍCULO 2: Elévese al H. Concejo Municipal para
su tratamiento y publíquese.
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ORDENANZA Nº 015/2015
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que la Ley N º 5188
de Obras Públicas de la
Provincia de Santa Fe, en sus artículos 41 y 68 obliga a
constituir garantías ya sea del cumplimiento del contrato como de constitución
del fondo de reparo equivalente al 5% del monto de cada certificado de obra;
Que mediante Decreto Nº 1698/84 ratificada por el Nº 1007/85, se crea un
sistema que permite a las comunas y municipalidades afectar al fondo de
coparticipación provincial como garantía de los rubros señalados, siendo
necesario el dictado del acto administrativo correspondiente
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA
Nº 014/2015
ARTICULO 1º: Autorícese al Intendente
Municipal Ing. Agr. Mario Enrique Migno a firmar el contrato de obra pública
respectivo con la
Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.
ARTICULO 2º: Adhiérese la Municipalidad de San
Javier al sistema creado por Decreto 1698/84 ratificado por5 Decreto Nº 1007/85
para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato
de obra pública a suscribir con la Dirección Provincial
de Vivienda y Urbanismo.
ARTICULO 2º: - Elévese al Departamento
Ejecutivo Municipal para su Promulgación y Archívese.
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PROYECTO
DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Ratifíquese en todos sus términos la Ordenanza 015/2015.
ARTÍCULO 2: Elévese al H. Concejo Municipal para
su tratamiento y publíquese.
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ORDENANZA Nº 020/2015
VISTO :
CONSIDERANDO:
Que de
acuerdo con el pedido de segunda redeterminación de precios, el cómputo
realizado por la Dirección General
de Planificación y Ejecución estableció que el monto correspondiente al aumento
del costo de obra asciende a $ 2.905.519,14 (Dos millones novecientos cinco mil
quinientos diecinueve c/14/100 pesos) de acuerdo a Resol. 1614 del 17 de junio
de 2015 de la Secretaría
de Estado de Habitat.
Que entre la Dirección Provincial
de Vivienda uy Urbanismo y esta Municipalidad se deberá firmar un convenio por
el cual se actualiza el monto de una segunda redeterminación de precios la obra
citada.
Que dicho convenio debe ser autorizado por
el H. Concejo Municipal.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA
Nº 020/2015
ARTICULO
1: - Autorícese la firma de
convenio entre la Dirección Provincial
de Vivienda y Urbanismo y el Intendente Municipal Ing. Mario Enrique Migno,
ampliatorio del firmado el 2 de enero de 2014, por la suma de $ 5.800.112,29
(Cinco millones ochocientos mil ciento doce c/29/100) incorporando la segunda
redeterminación de precios del Plan 3548 “Construcción de 20 viviendas VC-SAN
JAVIER-DEPARTAMENTO SAN JAVIER”.
ARTÍCULO 2: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal
para su Promulgación y Archívese.
-TRAD style='font-family:"Times New Roman","serif";font-weight:normal;
text-decoration:none;text-underline:none'>: Ratifíquese en todos sus términos la Ordenanza 015/2015.
ARTÍCULO 2: Elévese al H. Concejo Municipal para
su tratamiento y publíquese.
Concejo Municipal San Javier