21 de octubre de 2015

IMPORTANTE COMUNICADO DE LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS



A través de un comunicado, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de San Javier  dio un importante aviso a la comunidad. 



Dicha repartición recuerda que según lo establecido mediante ordenanza N° 032/2015 del Concejo Deliberante Municipal los vecinos de los barrios Carlos Monzón y La Flecha deberán conectarse al servicio de agua potable de la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos Asistenciales y de Vivienda de San Javier Ltda. Para ello se ha establecido una financiación de 20 cuotas sin interés, que permitirá acceder con facilidades a este servicio. En otro orden de cosas se recuerda a los vecinos de barrio Santa Rosa que el agua apta para el consumo es la de las canillas públicas ubicadas en el Centro de Atención Primaria de la Salud. El agua proveniente del tanque comunitario NO DEBE utilizarse para consumo.





ORDENANZA Nº 032/2015


VISTO:
           

La Resolución 0343/2014 de fecha 8 de mayo de 2014 emanada del Ente Regulador de Servicios Sanitarios (ENRESS) de la provincia de Santa Fe referida al suministro de agua de las viviendas del plan SUPCE del barrio La Flecha y el Programa de Habilitación para la Emergencia de las Inundaciones; y


CONSIDERANDO:

Que el sistema actual no suministra agua segura;

Que con la técnica de perforación no se obtiene en ese lugar agua apta para el consumo humano;

Que es una obligación del municipio asegurar la satisfacción de esta necesidad básica;

Que el programa en el que se enmarcan estas viviendas determina que los servicios, impuestos, tasas y contribuciones creados o a crearse serán íntegramente a cargo de los comodatarios;

Que la Cooperativa  de Provisión de Servicios Públicos Asistenciales y de Viviendas de San Javier Ltda. posee su red adyacente a la del plan SUPCE;

Que dicha entidad se encuentra en condiciones de proveer y financiar la conexión al barrio referido.



Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA Nº 032/2015


ARTICULO 1º: Sustitúyase el actual sistema de provisión de agua para las viviendas SUPCE del barrio La Flecha, por el que brinda la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos Asistenciales y de Viviendas de San Javier Ltda, en el marco de las ordenanzas vigentes que regulan el funcionamiento del servicio.


ARTICULO 2º: El actual sistema dejará de funcionar a los 30 días de sancionada la presente ordenanza.



ARTICULO 3º: EL Departamento Ejecutivo Municipal comunicará fehacientemente esta disposición a los vecinos.



ARTÍCULO 4º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su Promulgación y Archívese.



HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SAN JAVIER, 07 de OCTUBRE de 2015